Notaría en Sevilla

Consejos y recomendaciones al acudir a la notaría

Última revisión: 9 de julio de 2026

Acudir a una notaría por primera vez, o para un trámite poco habitual, genera dudas frecuentes: qué documentos llevar, cuánto va a costar, si hace falta cita previa o si se puede elegir notario libremente. En esta guía respondemos a las preguntas más prácticas para que tu visita sea ágil.

¿Se puede elegir notario libremente?

Sí. El artículo 126 del Reglamento Notarial consagra el principio de libre elección de notario: cualquier persona puede acudir a la notaría de su preferencia, sin estar obligada a utilizar la que le indique un banco, una inmobiliaria o la otra parte de una operación. Es un derecho poco conocido y muy útil, especialmente en compraventas e hipotecas, donde a veces se presiona al comprador para usar el notario «del banco».

¿Qué documentos hay que llevar a la notaría?

Depende del trámite, pero hay una base común y algunas particularidades:

  • Siempre: DNI, NIE o pasaporte en vigor de todos los que vayan a firmar.
  • Compraventa de vivienda: escritura de propiedad anterior, último recibo del IBI, certificado de estar al corriente de la comunidad de propietarios, certificado energético, y si hay hipoteca, la información previa del banco (FEIN/FiAE).
  • Herencia: certificado de defunción, certificado de últimas voluntades, testamento (o declaración de herederos), DNI de todos los herederos, y documentación de los bienes (escrituras, extractos bancarios, etc.).
  • Testamento: solo el DNI del testador; no hace falta llevar nada redactado, el notario ayuda a darle forma jurídica.
  • Poderes: DNI del poderdante y los datos identificativos de la persona apoderada.

Si tienes dudas sobre tu caso concreto, es recomendable llamar a la notaría con antelación para que te confirmen la documentación exacta y evitar desplazamientos en balde.

¿Hace falta cita previa?

En la práctica, sí es muy recomendable pedir cita, especialmente para firmas de escrituras (compraventas, hipotecas, herencias), que requieren tiempo de preparación previa por parte del notario. Para trámites más sencillos (una compulsa, una legitimación de firma) muchas notarías atienden sin cita, aunque conviene confirmarlo antes.

¿Qué diferencia hay entre copia simple y copia autorizada?

Es una duda muy habitual al recoger documentos de la notaría:

  • Copia autorizada: tiene el mismo valor legal que el original, lleva la firma y sello del notario, y es la que se necesita para trámites como inscribir en el Registro de la Propiedad o presentar ante Hacienda.
  • Copia simple: es una reproducción sin valor de documento público, útil solo para consultar el contenido (por ejemplo, para que un banco estudie una hipoteca), pero no sirve para trámites oficiales que exijan el documento original.

¿Cuánto van a cobrarme?

Los honorarios notariales están fijados por el Arancel de los Notarios (Real Decreto 1426/1989) y son iguales en toda España: ningún notario puede cobrar más ni menos de lo que marca la norma para cada tipo de documento. Puedes pedir presupuesto antes de la firma; el notario está obligado a informarte del coste aproximado. Para hacerte una idea previa, puedes usar nuestra calculadora de aranceles notariales.

El notario informa y asesora de forma imparcial

A diferencia de un abogado (que defiende los intereses de una parte), el notario es un funcionario público imparcial: informa a todas las partes por igual sobre el contenido y las consecuencias legales y fiscales del documento antes de firmarlo. No dudes en preguntar todo lo que no entiendas: es su obligación explicarlo con claridad, y forma parte del servicio, sin coste adicional.

Consejos prácticos para tu visita

  • Lee la minuta o el borrador con antelación si te lo envían antes de la firma, y anota tus dudas.
  • Lleva contigo todos los documentos originales, no solo copias, salvo que te indiquen lo contrario.
  • Pregunta por escrito lo que no entiendas: el notario debe explicar el documento en un lenguaje claro, no solo leerlo.
  • Comprueba tus datos personales (nombre, DNI, dirección) en el documento antes de firmar.
  • Guarda la copia autorizada en un lugar seguro; es el documento con valor legal pleno.

Preguntas frecuentes sobre ir a la notaría

¿Puedo elegir cualquier notaría, aunque no sea la que me indique el banco?

Sí. El artículo 126 del Reglamento Notarial garantiza la libre elección de notario. Nadie puede obligarte a firmar en una notaría concreta.

¿Qué pasa si no llevo toda la documentación?

Normalmente el trámite no podrá completarse ese día. Es recomendable confirmar con antelación qué documentos exige tu caso concreto para evitar desplazamientos innecesarios.

¿El notario me puede aconsejar sobre qué me conviene más?

El notario informa de forma imparcial sobre el contenido y las consecuencias legales del acto para todas las partes, pero no defiende los intereses de una sola parte como haría un abogado. Aun así, puedes y debes preguntarle todo lo que necesites entender.

¿Cuánto cuesta una consulta con el notario?

La información y el asesoramiento sobre el documento que vas a firmar están incluidos en el propio servicio notarial, sin coste adicional. Solo se cobra por los documentos que finalmente se autorizan, según el arancel oficial.

¿Necesito copia autorizada o copia simple?

Depende del uso: para inscribir en un Registro público o presentar ante Hacienda necesitas copia autorizada. Para simplemente consultar el contenido (por ejemplo, que lo revise un banco), suele bastar una copia simple.