Última revisión: 20 de mayo de 2026
Cuando fallece un padre y la madre sigue viva, muchos hijos se hacen la misma pregunta: ¿puedo reclamar la herencia de mi padre si mi madre vive? La respuesta general es sí. La herencia del padre se abre desde el momento de su fallecimiento y los hijos tienen derechos hereditarios sobre los bienes, derechos y obligaciones que formen parte de esa herencia.
Ahora bien, que puedas reclamar la herencia no significa necesariamente que puedas disponer de todos los bienes de inmediato. Hay que distinguir varias cosas: si tus padres estaban casados en gananciales o en separación de bienes, si había testamento, qué bienes eran privativos del padre, qué bienes eran gananciales, si existe usufructo de la madre viuda y si ya se ha hecho la aceptación y partición de la herencia.
En esta guía te explicamos, paso a paso, qué le corresponde a un hijo cuando fallece el padre y la madre sigue viva, cómo cambia el reparto según el régimen económico matrimonial, qué ocurre con la vivienda familiar y qué plazos debes tener en cuenta para no perder derechos o tener problemas fiscales.
Resumen rápido: si tu padre ha fallecido, su herencia se puede reclamar aunque tu madre siga viva. La madre no “se queda automáticamente con todo”. Si estaban casados en gananciales, primero se liquida la sociedad de gananciales: la mitad ya era de tu madre y la otra mitad forma parte de la herencia de tu padre. Sobre esa herencia, los hijos tienen derechos y la madre viuda puede tener derecho al usufructo legal.
Índice
Toggle¿Puedo reclamar la herencia de mi padre si mi madre vive?
Sí. Los hijos pueden reclamar la herencia de su padre fallecido aunque la madre siga viva. La muerte del padre abre su sucesión y sus herederos tienen derecho a que se determine qué bienes forman parte de la herencia, quiénes son los herederos y cómo debe repartirse el patrimonio.
El punto que genera confusión es que muchas familias mezclan tres ideas distintas:
- La propiedad de la madre: lo que ya era suyo antes de la herencia.
- La herencia del padre: lo que pertenecía al padre y se transmite tras su fallecimiento.
- El usufructo de la madre viuda: derecho a usar o disfrutar parte de la herencia, aunque la propiedad corresponda a los hijos.
Por tanto, la madre viva no impide que se tramite la herencia. Lo que ocurre es que sus derechos deben respetarse. Si existe vivienda familiar, dinero en cuentas, bienes gananciales o testamento, habrá que estudiar cada caso con detalle.
Respuesta directa para el hijo
Si eres hijo del fallecido, puedes pedir que se tramite la herencia de tu padre. Puedes solicitar certificado de defunción, certificado de últimas voluntades, copia del testamento si existe o declaración de herederos si no lo hay. También puedes pedir inventario de bienes, liquidación de gananciales si procede y partición hereditaria.
Lo que no puedes hacer es apropiarte por tu cuenta de bienes concretos sin aceptar y partir la herencia. Tampoco puedes desconocer el derecho de usufructo que pueda corresponder a tu madre.
Esquema visual: padre fallece, madre viva, ¿qué hereda el hijo y cuándo?
Este es el proceso habitual cuando fallece el padre y la madre continúa viva:
Se abre la sucesión desde el momento de la muerte.
Certificado de últimas voluntades y copia autorizada del testamento.
Gananciales, separación de bienes u otro régimen aplicable.
En gananciales, normalmente la mitad de los bienes gananciales corresponde a la madre y la otra mitad entra en la herencia del padre.
Bienes privativos del padre + mitad ganancial + derechos y deudas transmisibles.
Los hijos heredan, pero la madre puede tener derecho al usufructo del tercio de mejora.
Los herederos firman la escritura de aceptación y adjudicación de herencia.
La clave está en el paso 4. Antes de repartir la herencia hay que saber qué pertenecía realmente al padre. Si el matrimonio estaba en gananciales, no todo lo que estaba a nombre de los padres entra íntegramente en la herencia del padre.
Gananciales vs separación de bienes: qué cambia en la herencia
El régimen económico matrimonial cambia mucho el resultado. No es lo mismo que tus padres estuvieran casados en gananciales que en separación de bienes.
| Situación | Gananciales | Separación de bienes |
|---|---|---|
| Propiedad durante el matrimonio | Las ganancias obtenidas durante el matrimonio suelen hacerse comunes, salvo bienes privativos. | Cada cónyuge conserva la propiedad de sus bienes y de lo que adquiere a su nombre, salvo bienes comprados conjuntamente. |
| Qué ocurre al fallecer el padre | Primero se liquida la sociedad de gananciales. La mitad ganancial corresponde a la madre y la otra mitad entra en la herencia del padre. | No hay que liquidar gananciales. Se hereda solo lo que pertenecía al padre, según su titularidad y pruebas. |
| Vivienda comprada durante el matrimonio | Si era ganancial, normalmente el 50% es de la madre y el 50% del padre. Solo el 50% del padre se reparte como herencia. | Depende de la titularidad. Si era 100% del padre, entra entera en su herencia. Si era 50/50, solo entra su 50%. |
| Cuentas bancarias | Si el dinero era ganancial, se diferencia la mitad de la madre y la mitad hereditaria del padre. | Se analiza quién era titular real del dinero y su origen. |
| Herencias recibidas por el padre | Lo heredado por el padre suele ser privativo, aunque se haya recibido estando casado. | También será del padre si lo heredó él. |
| Derecho del hijo | El hijo hereda sobre la parte del padre, no sobre la mitad que ya era de la madre. | El hijo hereda sobre los bienes o cuotas que fueran del padre. |
| Derecho de la madre viuda | Además de su mitad ganancial, puede tener usufructo sobre parte de la herencia del padre. | Puede tener usufructo sobre parte de la herencia del padre, pero no mitad ganancial porque no hay sociedad de gananciales. |
Qué debes comprobar primero
Antes de reclamar una cantidad o porcentaje concreto, hay que comprobar:
- Si tus padres otorgaron capitulaciones matrimoniales.
- Si estaban casados en gananciales o separación de bienes.
- Si la vivienda o bienes fueron comprados antes o después del matrimonio.
- Si existen bienes privativos del padre.
- Si el padre recibió una herencia o donación previa.
- Si hay testamento y qué establece.
Qué hereda el hijo cuando fallece el padre
El hijo hereda la parte que le corresponda dentro de la herencia del padre. Esa herencia puede estar formada por bienes privativos, por la mitad de los gananciales, por derechos de crédito, por dinero, por vehículos, por participaciones o por cualquier otro derecho que no se extinga con la muerte.
En Derecho común, los hijos son herederos forzosos. Esto significa que tienen derecho a una parte mínima de la herencia, conocida como legítima. La legítima de los hijos y descendientes está formada por dos terceras partes del haber hereditario del padre.
Pero la madre también puede tener derechos
Si la madre estaba casada con el padre y no estaba separada legalmente o de hecho, puede tener derecho al usufructo del tercio destinado a mejora cuando concurre con hijos o descendientes.
Esto significa que, en muchos casos, los hijos pueden ser propietarios de una parte de la herencia, pero la madre conserva el derecho de uso o disfrute sobre una parte. Por eso en una vivienda familiar puede ocurrir que el hijo tenga una cuota en nuda propiedad, pero no pueda vender o usar libremente la vivienda sin tener en cuenta el usufructo de la madre.
Qué derechos tiene la madre viuda
Cuando fallece el padre, la madre puede tener varios tipos de derechos, dependiendo del caso:
- Su propia mitad de gananciales: si el matrimonio estaba en gananciales, esa mitad no es herencia del padre, sino patrimonio de la madre.
- Usufructo legal viudal: si concurre con hijos, normalmente tiene derecho al usufructo del tercio de mejora.
- Derechos reconocidos en testamento: el padre pudo mejorar la posición de la madre dentro de los límites legales.
- Ajuar doméstico y vivienda habitual: pueden existir reglas y necesidades prácticas que conviene revisar en cada caso.
¿La madre puede impedir que los hijos reclamen?
No debería impedirlo. Si existe herencia del padre, los hijos tienen derecho a que se tramite. Lo que sí puede ocurrir es que la madre tenga derechos que limiten la disponibilidad inmediata de determinados bienes.
Por ejemplo, si la vivienda era ganancial y además la madre tiene usufructo sobre parte de la herencia, el hijo puede tener derechos hereditarios, pero eso no significa que pueda echar a la madre de la vivienda ni venderla unilateralmente.
Tipos de bienes: privativos del padre, gananciales y herencia paterna previa
Para saber qué puedes reclamar, no basta con mirar “lo que tenían tus padres”. Hay que clasificar los bienes.
Bienes privativos del padre
Son bienes que pertenecían exclusivamente al padre. Por ejemplo:
- Una vivienda comprada por el padre antes del matrimonio.
- Una finca heredada por el padre de sus padres.
- Dinero recibido por herencia o donación, si se conserva identificado.
- Bienes adquiridos en sustitución de otros privativos.
Estos bienes entran en la herencia del padre, aunque después pueda existir usufructo de la madre viuda sobre una parte.
Bienes gananciales
Son bienes comunes del matrimonio, normalmente adquiridos durante la sociedad de gananciales con dinero ganancial. Al fallecer el padre, primero se liquida la sociedad de gananciales.
Ejemplo sencillo: vivienda ganancial valorada en 200.000 €. Antes de repartir la herencia, se entiende que 100.000 € corresponden a la madre y 100.000 € forman parte de la herencia del padre.
Herencia paterna previa
Si tu padre recibió una herencia de sus propios padres, esos bienes suelen ser privativos. Por tanto, si tu padre heredó una finca, una vivienda, dinero o derechos, esos bienes pueden formar parte de su herencia cuando él fallece.
Este punto es importante porque a veces la familia piensa que “todo era del matrimonio”, cuando en realidad algunos bienes procedían de la familia del padre y eran privativos.
Bienes a nombre de ambos
Que un bien esté a nombre de ambos no siempre significa lo mismo. Puede ser ganancial, puede estar en proindiviso ordinario o puede tener otro origen. Por eso conviene revisar escrituras, notas simples, fechas de adquisición, régimen matrimonial y procedencia del dinero.
Caso práctico: vivienda ganancial de 200.000 €, padre fallece e hijo de 25 años
Vamos con un caso muy habitual.
Datos del caso
- Padre fallecido.
- Madre viva.
- Un hijo de 25 años.
- Matrimonio en gananciales.
- Vivienda familiar ganancial valorada en 200.000 €.
- No hay hipoteca.
- No se incluyen otros bienes para simplificar.
Paso 1: liquidar gananciales
La vivienda no entra entera en la herencia del padre. Al ser ganancial, primero se divide:
| Concepto | Importe | Titular |
|---|---|---|
| 50% de la vivienda | 100.000 € | Madre, por liquidación de gananciales |
| 50% de la vivienda | 100.000 € | Herencia del padre |
Por tanto, la herencia del padre no vale 200.000 €, sino 100.000 € en este ejemplo.
Paso 2: calcular derechos del hijo
Si solo hay un hijo y no hay otros descendientes, ese hijo será el heredero principal de la herencia del padre. Pero la madre viuda puede tener derecho al usufructo legal sobre el tercio de mejora.
| Parte | Valor sobre la herencia del padre | Qué significa |
|---|---|---|
| Herencia del padre | 100.000 € | Es la mitad ganancial del padre. |
| Derecho del hijo | Propiedad hereditaria sobre la herencia del padre | El hijo puede heredar la parte del padre. |
| Usufructo de la madre | Usufructo del tercio de mejora | La madre puede conservar el uso o disfrute de una parte de la herencia. |
Resultado práctico
En este ejemplo, la madre mantiene su 50% de la vivienda porque ya era suyo por gananciales. El hijo hereda sobre el 50% que pertenecía al padre. Pero esa parte heredada puede estar gravada en parte por el usufructo legal de la madre.
Dicho de forma sencilla: el hijo tiene derecho a reclamar la herencia del padre, pero no puede actuar como si la vivienda fuera totalmente suya ni como si la madre no tuviera derechos.
¿Qué pasa si hay más hijos?
Si hay dos hijos, la parte hereditaria del padre se reparte entre ambos, respetando el usufructo de la madre. Si hay tres hijos, se reparte entre los tres. La madre no sustituye a los hijos como heredera universal salvo que exista testamento y aun así deberán respetarse las legítimas.
Cómo cambia si hay testamento o no hay testamento
Si el padre dejó testamento
Hay que cumplir lo que diga el testamento, siempre que respete la legítima de los herederos forzosos. El testador puede distribuir mejor la herencia, mejorar a un hijo, atribuir bienes concretos o reforzar la posición de la madre viuda mediante fórmulas testamentarias habituales.
Pero el testamento no puede eliminar sin causa los derechos legitimarios de los hijos. Si un testamento perjudica la legítima, puede ser necesario revisar su validez o solicitar la reducción de disposiciones que excedan de lo permitido.
Si el padre no dejó testamento
Si no hay testamento, hay que tramitar una declaración de herederos abintestato. En ese caso, los hijos serán llamados como herederos conforme al orden legal. La madre viuda conservará el derecho que le corresponda como cónyuge viudo, normalmente el usufructo legal si concurre con descendientes.
En la práctica, el proceso suele ser:
- Solicitar certificado de defunción.
- Solicitar certificado de últimas voluntades.
- Confirmar que no hay testamento.
- Tramitar declaración de herederos ante notario.
- Inventariar bienes y deudas.
- Liquidar gananciales si procede.
- Aceptar y adjudicar la herencia.
- Liquidar impuestos e inscribir inmuebles si los hay.
Si quieres ampliar esta parte, puedes consultar nuestra guía sobre declaración de herederos.
Plazos legales para reclamar la herencia de un padre fallecido
Conviene distinguir entre el plazo para tramitar la herencia, el plazo fiscal y los plazos de acciones judiciales.
| Trámite o derecho | Plazo orientativo | Comentario |
|---|---|---|
| Aceptar la herencia | No hay un plazo único general inmediato | Puede hacerse pasado un tiempo, pero retrasarlo genera problemas prácticos, fiscales y registrales. |
| Pedir la partición entre coherederos | No prescribe entre coherederos | El Código Civil establece que no prescribe entre coherederos la acción para pedir la partición de herencia. |
| Impuesto sobre Sucesiones | 6 meses desde el fallecimiento | En Andalucía, debe presentarse en el plazo de 6 meses desde el fallecimiento. Puede existir solicitud de prórroga si se gestiona a tiempo. |
| Plusvalía municipal | Normalmente 6 meses prorrogables | Si hay inmuebles urbanos, debe revisarse con el ayuntamiento correspondiente. |
| Acciones reales sobre inmuebles | 30 años | Puede ser relevante en reclamaciones sobre bienes inmuebles hereditarios. |
| Acciones personales sin plazo especial | 5 años | Puede afectar a reclamaciones económicas concretas. |
No confundas “puedo reclamar” con “puedo esperar sin consecuencias”
Aunque algunos derechos hereditarios no desaparezcan de inmediato, dejar pasar el tiempo puede crear problemas serios:
- Recargos o intereses por impuestos no presentados.
- Conflictos con otros herederos.
- Dificultad para acreditar saldos bancarios antiguos.
- Ventas, gastos o reformas realizadas sin acuerdo.
- Problemas para inscribir inmuebles.
- Fallecimiento posterior de otro heredero, complicando la cadena sucesoria.
Por eso, aunque no siempre exista una urgencia civil inmediata, lo recomendable es iniciar la gestión de la herencia cuanto antes.
Documentación necesaria para reclamar la herencia del padre
Para iniciar el proceso, normalmente necesitarás:
- Certificado literal de defunción del padre.
- Certificado de últimas voluntades.
- Copia autorizada del testamento, si existe.
- Declaración de herederos, si no hay testamento.
- DNI de los herederos y de la madre viuda.
- Libro de familia o certificados de nacimiento que acrediten parentesco.
- Certificado de matrimonio de los padres.
- Escrituras de inmuebles.
- Notas simples registrales.
- Certificados bancarios de saldos a fecha de fallecimiento.
- Recibos de IBI de los inmuebles.
- Documentación de vehículos, acciones, seguros o préstamos.
- Justificantes de deudas, gastos de funeral o cargas deducibles.
Si hay dudas sobre si un bien era ganancial o privativo, conviene aportar escrituras, justificantes de pago, fechas de adquisición y cualquier documento que pruebe el origen del dinero.
Errores frecuentes cuando fallece el padre y la madre sigue viva
Pensar que la madre hereda todo automáticamente
Es uno de los errores más comunes. La madre puede tener derechos muy importantes, pero los hijos también son herederos forzosos del padre.
Repartir sin liquidar gananciales
En matrimonios en gananciales, antes de repartir la herencia hay que determinar qué parte corresponde a la madre y qué parte formaba parte del patrimonio del padre.
Confundir propiedad y usufructo
El hijo puede heredar la propiedad o nuda propiedad, mientras que la madre puede conservar el usufructo. Son derechos distintos y deben valorarse correctamente.
No revisar si había testamento
El certificado de últimas voluntades es imprescindible. No basta con que la familia “crea” que no había testamento.
No presentar impuestos a tiempo
Aunque la herencia no se haya repartido, pueden existir obligaciones fiscales. El plazo de 6 meses para el Impuesto sobre Sucesiones es especialmente importante.
Firmar documentos sin entender el reparto
Antes de firmar una escritura de aceptación y adjudicación de herencia, cada heredero debe entender qué recibe, qué deudas asume y qué derechos conserva la madre viuda.
Preguntas frecuentes sobre herencia de padre fallecido con madre viva
¿Puedo reclamar la herencia de mi padre si mi madre sigue viva?
Sí. La herencia de tu padre se abre desde su fallecimiento. Que tu madre siga viva no impide que los hijos reclamen sus derechos hereditarios. Lo que sí ocurre es que deben respetarse los derechos de la madre, especialmente su mitad ganancial si procede y su usufructo viudal.
¿Mi madre se queda con todo si mi padre muere?
No necesariamente. Si estaban casados en gananciales, tu madre conserva su mitad de los bienes gananciales, pero la mitad de tu padre forma parte de su herencia. Además, la madre puede tener derecho al usufructo legal, pero eso no significa que sea propietaria de toda la herencia.
Si la vivienda era de mis padres, ¿qué parte heredo?
Depende del régimen matrimonial y de la titularidad. Si la vivienda era ganancial, normalmente la mitad corresponde a tu madre y la otra mitad entra en la herencia de tu padre. Sobre esa mitad se calculan los derechos de los hijos y el usufructo de la madre viuda.
¿Puedo obligar a repartir la herencia?
Como heredero, puedes pedir que se tramite la herencia y, si hay varios herederos, puedes solicitar la partición. Si no hay acuerdo, puede ser necesario acudir a la vía judicial, aunque antes conviene intentar una solución notarial o negociada.
¿Qué pasa si mi madre vive en la casa heredada?
Puede seguir viviendo en la casa si tiene derechos sobre ella: por ejemplo, su mitad ganancial, usufructo, atribución testamentaria o acuerdo con los hijos. El hijo puede tener derechos hereditarios, pero eso no le permite ignorar los derechos de uso o propiedad de la madre.
¿Qué ocurre si mi padre no hizo testamento?
Si no hay testamento, se tramita una declaración de herederos. Los hijos serán llamados a la herencia conforme a la ley, y la madre conservará los derechos que le correspondan como cónyuge viudo.
¿Tengo que pagar impuestos aunque mi madre siga viva?
Sí, si recibes derechos hereditarios por el fallecimiento de tu padre, debes revisar el Impuesto sobre Sucesiones. El hecho de que tu madre viva no elimina la obligación fiscal de los herederos.
¿Puedo renunciar a la herencia de mi padre?
Sí, pero la renuncia debe hacerse correctamente, normalmente en escritura pública. Antes de renunciar conviene revisar si hay deudas, bienes, beneficios fiscales y consecuencias para otros familiares.
¿La herencia que mi padre recibió de mis abuelos entra en su herencia?
Sí, normalmente los bienes que tu padre recibió por herencia eran privativos suyos. Al fallecer él, esos bienes pueden formar parte de su propia herencia.
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